Apostillas

Datos Generales

Es físicamente un instrumento que se adhiere al documento en cuestión, al que le da total legalidad y validez en cualquier país signatarios de la Convención Internacional de la Haya del 5 de octubre de 1961. No habiendo otra forma de garantizar su legalidad en esta comunidad de países.
Casos en que debe de realizarse

Cuando nuestra documentación oficial vaya a ser validada por autoridades en el extranjero. Derivado del convenio internacional de la Haya, del que México es parte desde el 17 de enero de 1994 – DOF. El apostilla que México expida tendrá validez solo al extranjero y únicamente en los países signatario de la Convención Internacional de la Haya del 5 de Octubre de 1961. No habiendo otra manera de garantizar su legalidad en dichos países.

Fundamento jurídico y reglamentario

Artículo 21 fracción XII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Baja California Sur, Artículo 16 fracción I, de la Ley de Derechos y Productos del Estado de Baja California Sur, Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno, Lineamientos Generales del Procedimiento de Legalización de Firmas y Apostilla de Documentos, publicado en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado número 64 de fecha 20 de diciembre de 2013. Artículos 1,2 inciso b), fracciones II, III,IV,XXV, 9 fracciones XXII Y XXVI, 10 fracción I, Artículo 13 y 14. Convención Internacional de la Haya del 5 de octubre de 1961.

Tipo de Solicitud

Tramite

Forma de Solicitud

No solicita formato

Dirigido a

Ciudadano

Vigencia del Tramite

Indefinida

Plazo máximo para solucionar el trámite

1 Hora

Criterios a la que debe de sujetarse la dependencia para resolución

Lineamientos Generales del Procedimiento de Legalización de Firmas y Apostilla de Documentos, publicado en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado, número 64 de fecha 20 de diciembre de 2013. Convención Internacional de la Haya del 5 de octubre de 1961.

Objetivo y Datos de Inspectores / Verificadores

No se requiere inspección, salvo la que la autoridad competente (funcionario) haga sobre el documento, lo cual en casos extraordinarios requerirá más tiempo de lo habitual, si procediera su apostillado.

REQUISITOS Y DOCUMENTOS REQUERIDOS

Requisito Original No. Copias
Documento a legalizar Si 0
Recibo de pago ante Secretaríia de Finanzas Si 0
Datos o documentos que deben anexarse

Los documentos dispuestos a ser apostillados deberán ser expedidos por autoridades Estatales, Municipales, Notario público o cualquier otra autoridad que tenga encomendada la fe pública dentro de la competencia de nuestra entidad federativa. Para los documentos expedidos por algunas instancias gubernamentales, previo a su apostillado se requiere una certificación que emitirá la máxima autoridad de dicha institución. Como es el caso de SEP, H. Tribunal Superior de Justicia y Secretaría de Saludo del Estado de BCS; entre otros.


COSTOS Y FORMA DE PAGO

Monto a Pagar

$418

Donde se puede realizar el pago

DEPENDENCIA Y UNIDAD ADMINISTRATIVA

Dependencia


Unidad Administrativa
Apostillas

Datos del Funcionario Responsable

Hugo Manuel Trasviña Montaño
Coordinador de Certificaciones y Anuencias
Calle Antonio Navarro sin número esquina con Melitón Albañez. Col. Los Olivos C.P. 23040 La Paz, B.C.S. México.
apostillabcs@gmail.com, age@bcs.gob.mx
612 12 24082