ISR a Entidades Federativas Enajenación de Bienes Inmuebles (5% Notarios)
Datos Generales
Casos en que debe de realizarse
Los contribuyentes que en territorio del Estado de Baja California Sur obtengan ingresos por la enajenación de bienes inmuebles, efectuarán pago provisional por cada operación, el pago provisional se hará mediante declaración que se presentará dentro de los quince días siguientes a aquél en que se firme la escritura o minuta.
Fundamento jurídico y reglamentarioArtículo 96, 126, 127, 154, Ley ISR, Capítulo IV del título IV de la Ley ISR Artículo 154-Bis.
Tramite
Forma de SolicitudFormato en línea
Ciudadano
Vigencia del TramitePermanente
10 minutos
Criterios a la que debe de sujetarse la dependencia para resoluciónCumplir con el requisito mencionado.
Objetivo y Datos de Inspectores / VerificadoresNo se requiere inspección.
REQUISITOS Y DOCUMENTOS REQUERIDOS
Requisito | Original | No. Copias |
---|---|---|
Los notarios, corredores, jueces y demás fedatarios públicos ante quienes se consignen operaciones de enajenación de bienes inmuebles, acreditarán que cumplieron con la obligación de entregar al contribuyente la información relativa a la determinación del cálculo del ISR. Para el pago del 5% a la Entidad utilizar el formato para el pago del ISR a Entidades Federativas Enajenación de Bienes Inmuebles. | Si |
Formato para el pago del ISR a Entidades Federativas Enajenación de Bienes Inmuebles o realizar el pago en línea.
COSTOS Y FORMA DE PAGO
Autodeterminado
Donde se puede realizar el pagoDEPENDENCIA Y UNIDAD ADMINISTRATIVA
Secretaría de Finanzas y Administración
Unidad Administrativa
ISR a Entidades Federativas Enajenación de Bienes Inmuebles (5% Notarios)
Datos del Funcionario Responsable
Lic.Claudia Angulo Castro
Director de Ingresos de la Subsecretaría de Finanzas
Ignacion Allende e I. La Católica S/N,Col. Centro. La Paz, B.C.S. 23000
claudia.angulo@bcs.gob.mx
(612) 123 9400 ext. 05057